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Derechos y obligaciones tras el fallecimiento de un familiar

Tras la pérdida de un familiar, una persona debe hacer frente no solo a una nueva realidad de ausencia, también a la gestión de todos los trámites legales necesarios. Conoce tus derechos y obligaciones.

Derechos y obligaciones tras el fallecimiento de un familiar

Repasamos en este artículo algunos de los trámites principales relacionados con tus derechos y también tus obligaciones tras el fallecimiento de un familiar. La gestión de estas formalidades se presenta de manera ordenada, pero tienes que saber que cada una de ellas conlleva un tiempo determinado que podría provocar que se solaparan.

Permiso por fallecimiento de un familiar

Lo primero que necesitas saber es que el Estatuto de los Trabajadores establece que por el fallecimiento de un familiar tienes derecho a 2 días consecutivos de permiso retribuido y 4 días en total si, por este hecho, es necesario que te tengas que desplazar.

Tienes derecho a este permiso siempre y cuando el grado de parentesco con el fallecido sea de primer y segundo grado. Padres, hijos, cónyuges, suegros se consideran familiares de primer grado, mientras que hermanos, abuelos, nietos y cuñados son de segundo grado.

Hay que tener en cuenta que este permiso empieza a contar desde el mismo día del fallecimiento. De igual modo, si la defunción se produce en un día festivo o de descanso, este permiso empezaría el siguiente día laborable. Este “aplazamiento” del inicio del permiso solo se aplica al primer día y no a los siguientes festivos que se den entremedias.

Certificado de defunción y Registro Civil

Durante el permiso por defunción, tendrás que hacer frente a trámites como la obtención del certificado de defunción, con el que podrás llevar a cabo diligencias como la baja de suministros en el hogar entre otras, y la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil.

Estos trámites pueden ser gestionados por la empresa encargada de llevar a cabo todo el procedimiento tras la muerte. Revisa en este artículo qué servicios ofrecen, en este contexto, las empresas funerarias.

Últimas voluntades: ¿existe testamento?

Uno de los trámites más habituales es la solicitud del certificado de últimas voluntades. Este documento acredita si el fallecido ha hecho o no testamento. Es el primer paso para conocer la voluntad de nuestro ser querido tras su muerte.

Por tanto, solicitar el certificado de últimas voluntades nos aporta información detallada sobre la mecánica sucesoria, además de indicarnos los siguientes pasos.

Obligaciones fiscales como herederos

En la mayoría de las herencias, tras el fallecimiento de un ser querido se suceden una serie de trámites relacionados con las obligaciones fiscales de los herederos.

La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, lo que significa que a los herederos también se les transmite las obligaciones tributarias pendientes. Al fallecimiento de una persona, sus herederos deberían responsabilizarse de las deudas con Hacienda, si las hubiera.

De igual modo, la normativa de la comunidad autónoma en la que se resida influirá en gran parte en la gestión de los trámites legales necesarios tras este hecho. Respecto a este tema, es de gran ayuda contar con un profesional que nos asesore sobre estas cuestiones, el cual tendrá que analizar tanto la residencia de los herederos como dónde se encuentran los bienes a heredar.

Impuesto de sucesiones y donaciones

Cuando recibes algún bien en herencia o donación estás obligado a pagar un impuesto. Este impuesto es el denominado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Este impuesto tiene carácter progresivo, es decir, no hay un porcentaje fijo de gravamen, sino que cuanto más se hereda, más se paga. Este impuesto es personal por lo que lo deben de pagar todos los herederos, contando con un plazo máximo de 6 meses tras la fecha de defunción del familiar.

Tienes más información de lo que dice la ley española acerca de este paso, Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Publicado en Meridiano Seguros